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Nafarroako Kutxa-BEI hitzarmena energia berriztagarriak eta eraginkortasun energetikoa bultzatzeko

CAJA NAVARRA ha firmado un convenio con el BANCO EUROPEO DE INVERSIONES (BEI) mediante el cual se crea un fondo conjunto de 100 MM€ para la financiación de proyectos relacionados con las Energías Renovables y Eficiencia Energética, de los que 50 los aporta el BEI y 50 la propia Caja. Se trata de la primera línea para la financiación de proyectos de Eficiencia Energética y Renovables que el BEI firma con una entidad financiera Española.

I. CONVENIO CAJA NAVARRA-BEI PARA ENERGIAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGETICA

Características de las financiaciones:

  • FINALIDAD: Proyectos de energías renovables o Eficiencia Energética, tal y como se definen más adelante.
  • IMPORTE:
    • Mínimo 25.000 Euros
    • Máximo 25.000.000 Euros
  • PLAZO: No hay restricciones
  • CONDICIONES: La operación tendrá una bonificación de 35 p.b sobre las condiciones estándar para la misma.

¿Qué se puede financiar mediante la línea de Energías Renovables y Eficiencia Energética?


ENERGÍAS RENOVABLES:

  • Energía solar, térmica y fotovoltaica
  • Hidráulicos pequeños
  • Biomasa
  • Geotérmico
  • Eólico

EFICIENCIA ENERGETICA:

  • Eficiencia energética y ahorro energético en edificios
  • Climatización: calefacción/aire acondicionado
  • Co-generación de alta eficiencia para calor o generación eléctrica.

En los proyectos de eficiencia energética lo más importante es que de las inversiones que se financien resulte un ahorro del 20% como mínimo sobre el consumo inicial de energía, y a manera ilustrativa se pueden citar los siguientes ejemplos:

  • Instalación de lámparas eficientes, tanto para interiores como exteriores.
  • Inversión en maquinaria y equipos eficientes.
  • Aislamiento térmico en edificios/ naves industriales.
  • Inversión en sistemas de administración y control del consumo de energía.
  • Financiación de esquemas/contratos con empresas de eficiencia energética ESCO.

Los criterios de clasificación serán los siguientes:

PROYECTOS DE ENERGIAS RENOVABLES

SUB SECTOR PROYECTOS FINANCIABLES NO APLICA
Energía Solar, Térmica y Fotovoltaica Instalaciones Fotovoltaicas > 0,5 MW se necesitará informe de radiación solar. Aplican instalaciones FV en tejados y para calentadores de agua solares, tecnología y proveedores con experiencia contrastada. No se financiarán costos de estudio o pruebas para tecnologías innovadoras no contrastadas.
Energía Hidráulica Para proyectos pequeños de hidroeléctricas nuevas, o readecuación de presas y embalses existentes. Sin costos de producción superiores a 96€/MW. No se financiarán grandes hidroeléctricas. Se entiende como grande, aquellos proyectos con muros mayores a 15 metros de altura y con capacidad mayor a 3 millones de metros cúbicos.
Biomasa Para proyectos sostenibles de biomasa, preferentemente de desechos agrícolas, para cogeneración y climatización incluidos. Estos últimos deben demostrar una competitividad sobre la alternativa existente de combustibles fósiles. Proyectos de biocombustibles para generar electricidad vertida a la red están generalmente excluidos. Si es para tratamiento de desechos se puede obviar el costo mínimo de 96€/MW.
Geotérmico Se deben de hacer solamente sobre suelos con capacidad térmica contrastada. Sin costos de producción superiores a 96€/MW, y deben demostrar una competitividad sobre la alternativa existente de combustibles fósiles. No se financiarán las pruebas ni la excavación de pozos experimentales.
Eólico Proyectos en emplazamientos con una medición de vientos previa de por lo menos 1 año. Solamente con soluciones tecnológicas comprobadas. No se financiarán emplazamientos marítimos (off-shore) ni proyectos con costes superiores a 96€/MW.

PROYECTOS DE EFICIENCIA ENERGETICA

SUB SECTOR PROYECTOS FINANCIABLES NO APLICA
Calefacción/ Climatización Instalaciones nuevas o rehabilitación de existentes, cuya climatización provenga de cogeneración eficiente o energía renovable. Deben demostrar competitividad sobre las tecnologías alternativas de calderas. Proyectos que no impliquen un ahorro mínimo de 20% sobre los costes actuales de energía.
Ahorro Energético/ Eficiencia Energética en Edificios Inversión en rehabilitación de edificios existentes orientadas a la eficiencia energética (Lámparas eficientes, aislamientos, reubicación de calderas, monitoreo de consumos y sistemas de administración de energía) Proyectos que no impliquen un ahorro mínimo de 20% sobre los costes actuales de energía.
Co-generación Proyectos de cogeneración que utilicen primordialmente como combustible desechos orgánicos o de residuos de gases industriales. Cuando se trate de la recuperación de gases industriales o el tratamiento de desechos orgánicos o biomasa, no aplicará la regla de 20% de ahorro mínimo sobre alternativas tradicionales.

II. IMPORTANCIA DE LA EFICIENCIA ENERGETICA

Recientemente los proyectos de eficiencia energética conjuntamente con los servicios que prestan las empresas energéticas del tipo ESCO, (Energy Service Companies) han venido a ocupar un lugar muy importante en nuestra sociedad, tanto para el sector público como el privado. Es sabido que el desgaste ecológico provocado por el uso desmesurado de los recursos está provocando daños irreparables en el medio ambiente, y es ahora que los gobiernos y empresas se han comprometido de lleno a solucionar este problema.

Caja Navarra, en su espíritu innovador quiere ser nuevamente pionera y contribuir a la expansión de un negocio emergente como este. Es por esto que nos convertimos en la primera entidad financiera Española a la que el BEI concede una línea de financiación para proyectos de Eficiencia Energética.

III. GRANDES PROYECTOS DE INVERSION

En los casos de grandes proyectos de inversión, como podrían ser edificios, plantas de producción u otro tipo de proyectos, se puede pensar en dividir las financiaciones separando de las mismas la parte destinada específicamente a inversión en eficiencia energética para financiarla desde esta línea. Para esta parte recordemos que se beneficiará de una reducción de hasta 35 puntos básicos sobre el diferencial normal de mercado que se le hubiera cobrado si no estuviera acogido a la línea.


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