(ir al contenido)

Fiscalidad de las aportaciones

Las aportaciones a planes de pensiones conllevan importantes incentivos fiscales: reducen la base imponible del IRPF, y disminuyen la cantidad a pagar o aumentan la devolución en la declaración de la renta.

En Caja Navarra ponemos a tu disposición todas las opciones: puedes hacer tus aportaciones de forma periódica (mensual, trimestral, anual), extraordinaria e incluso puedes suspenderlas, reanudarlas o modificarlas, según te convenga.

Es conveniente ajustar la cuantía de las aportaciones para conseguir el beneficio fiscal deseado. La legislación fiscal del Estado determina unos límites máximos de reducción por aportaciones a planes de pensiones que son:

EDAD EUROS
Partícipes de 50 o menos años 10.000 euros anuales
Partícipes de más de 50 años 12.500 euros anuales

Particularmente cada partícipe puede reducir hasta el 30% de los rendimientos netos del trabajo y de  actividades económicas percibidas en el ejercicio. Este porcentaje es del 50% para las personas mayores de 50 años.

Los límites anteriores se aplican conjuntamente, además de las aportaciones a planes de pensiones, a las aportaciones realizadas a mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados y determinadas modalidades de seguros.


Veamos en el siguiente ejemplo el ahorro fiscal (teniendo en cuenta exclusivamente los tipos de gravamen del tramo estatal de la cuota) para una persona menor de 50 años que sólo deduce el mínimo personal:

Rendimientos
netos
Red. mín.
personal
Base Liq.
antes aport
Aport. max.
deducible
Ahorro
fiscal
26.000,00 € 5.151 € 20.849 € 7.800 € 998,8 €
35.500,00 € 5.151 € 30.349 € 10.000 € 1.400 € 
51.000,00 € 5.151 € 45.849 € 10.000 € 1.850 € 
66.000,00 € 5.151 € 60.849 € 10.000 € 2.073,3 € 

APORTACIONES A FAVOR DEL CÓNYUGE

Además, si los rendimientos de trabajo o actividad profesional o empresarial de tu cónyuge son inferiores a 8.000 euros, o si no los tiene, puedes reducirte las aportaciones a sus planes de pensiones hasta un máximo de 2.000 euros anuales.

APORTACIONES A FAVOR DE MINUSVÁLIDOS

Sin perjuicio de las aportaciones antes señaladas, también se pueden aportar hasta 10.000 euros con beneficio fiscal a favor de partícipes minusválidos con los que exista vínculo de parentesco.


© Copyright. Banca Cívica. Todos los derechos reservados